Hola y Bienvenido a JustAnswer, mi nombre es José Magadán , soy abogado en ejercicio en Burgos, colaboro con JustAnswer desde 2010 y le informo que JustAnswer no es una firma de abogados, por lo que no podemos representarle, estando prohibido por el site la relación abogado cliente fuera de este foro.
En relación a su consulta le respondo que :
Los dias de preaviso son naturales
Si Ud demanda a la empresa en la vía laboral no podrá darse de alta en la nueva empresa
Puede solicitar la baja por incumplimiento contractual al no haber cobrado, lo cual le da derecho a percibir una indemnización igual a la del despido improcedente ( 45 días por año trabajado ó 33 desde la reforma con un máximo de 12 mensulaidades )
Esto les obligará además de pagarle a tener que indemnizarle.
Presente escrito solicitando la baja por incumplimiento en la obligación de pagarle y reclamando la indemnización correspondiente a un despido improcedente alamparo del 50.1.b del estatuto de los trabajadores
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a54
Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato: a. Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 de esta Ley y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.
b. La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
c. Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
Si tiene dudas expongalas y ruego que no haga una valoración negativa para solicitar aclaraciones, basta con que exponga su duda, lo cual no le costará más dinero
Espero que mi respuesta le haya sido útil y verle por justanswer de nuevo.