Derecho Laboral
Pregunte sobre Dcho. Laboral y obtena una respuesta
Bienvenido, le atiende José M, abogado ejerciente del ICA Burgos, ruego unos minutos para preparar su consulta, Puede escribir en todo momento.
Le explico, son ellos los que le van a dar la baja sin que deba Ud requerir nada, hasta ese plazo máximo de otros seis meses adicionales, y a su conclusión, deberán decidir si le dan o no una incapacidad, y de qué tipo se la conceden
Ud sólo debe hacer algo en positivo ( solicitar) si le diesen el alta, en cuyo caso sería un recurso
Son ellos los que a la vista de los informes y antecedentes, deciden prorrogar y porqué tiempo, no es Ud quien solicite
Estoy en línea si necesita más ayuda
El plazo máximo que podemos estar de baja, como en su caso, es de 545 días. Después deben decidir que incapacidad se le concede
Tiene alguna duda más?
Entonces me llaman o no después del año o me prorrogan sin pasar el tribunal médico.
Son ellos los que deciden si ha de pasar Ud tribunal o no
Si la llaman para que lo pase, ud va y lo pasa
Si no la llaman, Ud no debe solicitarlo
ok.
Sigo en línea si me necesita
Si no tiene más dudas ruego que valore positivamente el servicio prestado en los iconos al efecto, las caritas.
Pase un buen días
yo tengo fibromialgia 18/18 puntos, artrosis en cervicales, lumbares y femoropatelar. Voy al psiquiatra que me diagnostico una distimia y llevo en tratamiento 4 años, tengo epoc y ahora un posible enfisema pulmonar, solo que trabajo de auxilia administrativo y por eso no me van a dar una incapacidad
Bueno, no soy yo a quien corresponde avaluar desde un punto de vista médico la conveniencia de concedérsela o no, sólo puedo orientarla, en mi calidad de abogado, en la tramitación. No tengo formación médica que me permita asesorarla si tiene o no derecho a ella.
Sería su médico, quien le dijese, tras el estudio de los informes, que debe ud solicitarla si es probable que deban dársela
Por el momento, si no tenemos informes que apoyen la concesión de forma casi segura, lo mejor es seguir esperando a que concluya el plazo de los 545 días
Y si tengo que preparar un recurso usted me lo hace?
El recurso se hace a la vista de las actuaciones que queramos rebatir de la administración. Por ello, debe esperar a ver que decisión toman
Desde JA no podemos tramitar recursos, lo prohiben las normas del site
Si en unos meses le dan el alta, o toman una decisión que no le satisfaga, procede recurrir
muchas gracias,
Saludos
A ud por consultarnos
Pase un buen día, ruego no olvide esa valoración positiva
Gracias
No obstante, sigo en línea si necesita aclaraciones