Derecho Laboral
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No. Una excedencia no es una pérdida involuntaria del puesto y por ello no nos permite acceder a la prestación por desempleo No tiene derechos a paro No
Necesita, al menos estar cotizando a jornada completa tres meses y perder el empleo por causa ajena su voluntad así sería la única manera de poder acceder al paro después de la excedencia