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Amparo B.
Amparo B., Abogado
Categoría: General
Clientes satisfechos: 1734
Experiencia:  Abogada ejerciente del ICAV con despacho propio desde 1997
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Hola, tengo unas duda sobre alquiler anual Asistente del

Esta respuesta ha recibido una valoración:

Hola, tengo unas duda sobre alquiler anual
Asistente del experto: ¿Qué has intentado hacer hasta ahora para resolver el problema?
Cliente: informarme
Asistente del experto: ¿Hay alguna otra cosa que quieras que sepa el Experto?
Cliente: no solo subida alquiler anual

Hola me llamo Amparo soy abogada leo su pregunta y le respondo

Cliente: escribió hace 4 meses.
Hola Amparo encantado
Cliente: escribió hace 4 meses.
Le explico, estoy de alquiler, tengo contrato desde marzo del 2021, es un contrato anual de maximo 5 años, pago 650€ de mensualidad que estan estipulados en el contrato, mi casero me dice de subirme 50€ la proxima mensualidad, el contrato no pone que me pueda subir y aparte eso supera el 2%

Pues como el gobierno ha ampliado el plazo durante todo este año 2023 los alquileres sólo se pueden aumentar en un 2%

La prórroga la aprobó el gobierno  el 27 de diciembre  de 2022 por lo que su casero sólo le puede subir el 2 % es decir 13 euros al mes

Cliente: escribió hace 4 meses.
Lo se, mi pregunta es que si el contrato se renueva automaticamente el 1 de marzo me puede subir a 700€ si en el contrato pone 650€? O me tendria que hacer un contrato nuevo en ese caso?

Comunica por escrito (email, WhatsApp,  carta certificada,  burofax) que únicamente le vas a pagar 663 euros al mes que es la subida establecida por el gobierno aprobada el 27 de diciembre de 2022 que la limita en un 2 %.

No te puede hacer un nuevo contrato es la renovación porque aún no han pasado  los 5 años obligatorios

Cliente: escribió hace 4 meses.
Entonces me puedo negar a pagar esos 50€ y no me podria echar? Solo los 13€ que toca

Si solo te toca eso y no te puede echar.

Con la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, los contratos de arrendamiento de vivienda que se celebren a partir del 6 de marzo de 2019, tendrán una duración de

  • 5 años si el arrendador es persona física
  • 7 años si es una persona jurídica.

Terminada esa duración de 5 años (arrendador, persona física) o 7

años (arrendador, persona jurídica), si las partes no dicen nada y no

comunican que el contrato se extingue, el contrato de arrendamiento se

prorrogará hasta un máximo de 3 años más a voluntad del inquilino.

Recordar que esta prórroga ya no es obligatoria para el arrendador

si

antes de que finalicen los 5 o 7 años le comunica al inquilino que

finaliza el contrato y que le entregue la vivienda. Si no dice nada y el

inquilino quiere seguir, el contrato se prorroga por 3 años más.

de contrato obligatorio

Por favor valora positivamente el servicio con las estrellas para que justanswer me reconozca que le he atendido. Gracias

Cliente: escribió hace 4 meses.
Mi casero me dijo esto:
Te comento que el proximo mes se va a actualizar el alquiler y tendra una subida de 50€ no lo hemos regularizado nunca y lo hacemos ahora que corresponde
Cliente: escribió hace 4 meses.
Puedo negarme y decirle que solo le pagare un 2% mas entonces no?

Un2 % por año es el máximo eso es lo que dice la ley no puede querer regularizar el año 22 porque se excede de este límite. El año pasado te podía haber subido también un 2% y este año otro 2 % pero la ley lo ha limitado  sólo al 2 %

Cliente: escribió hace 4 meses.
Y en caso de que mi casero no estuviese de acuerdo que medidas podria tomar contra mi?

Ninguna porque  la ley te ampara a ti y no a él

Recuerda pinchar sobre las estrellas para que pueda cobrar por mi trabajo. Gracias

Cliente: escribió hace 4 meses.
Y en mi contrato pone esto:
Seran por cuenta del arrendador el pago del ibi, y de cualquier otro impuesto o tasa municipal que derive de la propiedad de la vivienda arrendada, ademas del pago de la cuota de comunidad y del agua comunitaria. Los consumos electricos seran por cuenta de la parte arrendataria. Los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble asi como sus servicios seran por cuenta del arrendatario, quedando la propiedad exenta de cualquier responsabilidad por falta de cualquier suministro.
Eso significa que de los arreglos del inmueble me tengo que hacer cargo yo?
Cliente: escribió hace 4 meses.
Sea nevera, termo, averia etc...

Disculpe ya es una pregunta diferente a la inicial que solo quería saber la subida del interes anual ha de valorar esta pregunta y volver a realizar la última pregunta como nueva y se la contestaremos

Amparo B. y otros 28 otros especialistas en General están preparados para ayudarle
Cliente: escribió hace 4 meses.
De acuerdo la valoro y procedo, un placer muchas gracias

Encantada de haberte ayudado