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Abg. Eduardo L.M.
Abg. Eduardo L.M., Abogado
Categoría: Impuestos
Clientes satisfechos: 10132
Experiencia:  Abogado experto en areas contables y leyes Españolas de contabilidad, fraude y derecho mercantil. Abogado con número de colegiado 4541.
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Hola, llevo ya unos dias intentando solucionar mi caso. Yo

Esta respuesta ha recibido una valoración:

Hola , llevo ya unos dias intentando solucionar mi caso. Yo en 2018 cobré un seguro de vida para amortitzar la hipoteca y del dinero que sobró me retuvieron el 32 % de IRPF. Ahora he estado hablando con Hacienda y me han dicho que podria solicitar una rectificacion. Gracias
JA: ¿Qué has intentado para resolver el problema?
Customer: Hablar con Hacienda y me han ayudado mucho pero me han dicho que de la Mutua de ingenieros que me han pagado el seguro deberian informem perodns deberian informarme de la Fiscalidad del producto y sus características
JA: ¿Hay alguna otra cosa que quieras que sepa el Economista?
Customer: No es para saber la posibilodad de solicitar esta devolución ya que son 35000 que me descontaroj del IRPF

Buenos dias

Estimado cliente, me llamo Eduardo, soy abogado en ejercicio, leo su pregunta y le respondo. NO se desconecte.

Estimado cliente, ¿hizo usted declaración de la renta en este año 2019 relativa al ejercicio del 2018?

Cliente: escribió hace 3 años.
Si yo hice la Declaración de la renta y ha sido ahora cuando me han avisado que habeia la posibilidad de solicitar rectificscion además he tenido que pagar en la Declaración de la renta por incremento rendiment i del trabajo

Buenas tardes,

Debe realizar una" declaración complementaria" corrigiendo todos los errores que tenga la declaración del modelo 100. Si no le admitieran dicho cauce, abría que hacer una "solicitud de devolución de ingresos indebidos" Por tanto, hay que optar por estas vías. Desde luego la retención practicada resulta fuera de la legislación.

Dada la cantidad de que la que estamos hablando, aconsejo totalmente la contratación de un asesor o gestor fiscal de su zona, que no es muy caro, y suele ser muy recomendable en su caso. Nosotros desde Justanswer sólo trabajamos como abogados online, pero no le podemos hacer la declaración.

Quedo a su entera disposición para dudas.

Eduardo, abogado colegiado ICACOR núm. 4541

Cliente: escribió hace 3 años.
Muchas Gracias pero realmente lo que yo quisiera saber es si seria factible la posibilidad de presentar la reclamacion de devolucion

El dinero retenido en concepto de IRPF se debe declarar en la declaración de la Renta, se debe incorporar en la casilla correspondiente y después el programa aplica las bonificaciones correspondientes, incluyendo después la cuota resultante a pagar. Generalmente los seguros de vida tributan a una cantidad que oscila entorno al 20%, por lo que deberían devolverle al menos una buena parte de lo retenido que excede la cifra indicada. La cantidad resultante no se puede conocer sin conocer la totalidad de su situación de rentas, personal, etc. pero sí podemos adelantarle que una buena parte del monto debería ser devuelto vía reclamación de devolución.

Sigo a su entera disposición,

Abg. Eduardo L.M. y otros 2 otros especialistas en Impuestos están preparados para ayudarle