Buenas tardes:
Su caso es realmente un problema difícil de encarar, porque todo el mundo tiene derecho a acudir a la justicia, es decir, que la ex mujer de su marido, tiene derecho a poner denuncias. Cosa distinta es que le vayan a dar la razón.
Ganándole todas las demandas, haciendole frente, puede terminar por resultarle incómodo y caro, de forma que deje esa forma de proceder. Conozco un caso similar que se resolvío por esa vía, pero duró un cierto tiempo (tres años), de contínuas demandas, que fué necesario (y posible) ganarle sistemáticamente, hasta que a fuerza de perder y no hacer mella, abandonó el acoso.
Conozco otro caso, también posterior a un divorcio, en que ella era abogada, y abusaba tanto de las denuncias, que al ser siempre la misma juez de familia, llegó un momento en que a fuerza de ser conocida y pertinaz, consiguió perder todo crédito, y perder sistemáticamente.
Más aventurado es denunciar la situación directamente como un acoso judicial, tiene que ser muy evidente para convencer al juez y se basa en que el acudir a la Justicia reiteradamente para que se respeten tus derechos se convierte "en acoso judicial" a la parte denunciada. El castigo: privar de su derecho al que solicita reiteradamente el amparo de la Justicia.
Le adjunto un Auto judicial en ese sentido:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. 18 BARCELONA. Valencia núm. 344-346 4° Pta.
Barcelona.
Procedimiento ejecución de títulos judiciales 620/2001 Sección E.
Parte Demandante: Julián Flores García.
Procurador Mercedes Álvarez Roset.
Parte Demandada Gea Ochoa Lahoz.
Procurador Alberto Ramentol Noria.
AUTO
En Barcelona a dieciséis de Julio del dos mil dos.
ANTECEDENTES DE HECHO.
1| Por auto despachando ejecución de fecha 12 de Septiembre de 2001 confirmado por Auto de 14 de Noviembre siguiente, se acordó la reanudación de la relación paternofilial de forma progresiva, con intervención del Gabinete Psicosocial que debía realizar un seguimiento de su evolución, hasta alcanzar la frecuencia de visitas fijada en Sentencia de fecha 18 de Mayo de 1998.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
1|.- Tras la fecha del Auto despachando ejecución de se han producido nuevos y desagradables acontecimientos que han variado el panorama de la situación familiar y han repercutido negativamente en la relación paternofilial.
2.-La actuación del Sr. Flores ha sido de acoso judicial a la Sra. Ochoa, constando en autos el listado remitido por el Juzgado 14 de Instrucción de Barcelona de las 180 denuncias presentadas por él contra la Sra. Ochoa en la ciudad de Barcelona, sea en distintas comisarías sea en el Juzgado de Guardia entre los años 1996 a 2002.
Asimismo se han recibido en el Juzgado 18 de Familia de Barcelona múltiples escritos presentados por el Sr. Flores que le fueron devueltos por el defecto de postulación, optando el Sr. Flores por remitir sus escritos y copias de diferentes denuncias, sentencias y estudios científicos, a través de diferentes Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia, e incluso a través del Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya, Juzgado de Instrucción num. 5 de El Vendrell, que a su vez los había recibido a través del Departament de Sanitat y de la Agencia Tributaria entre otros. Este acoso judicial , o dicho de otra manera, acoso del Sr. Flores a la Sra. Ochoa a través de cauces judiciales ha repercutido en una desestabilización del menor Iván y del núcleo familiar materno.
Como consecuencia de la actuación del Sr. Flores, la Sra. Ochoa se fue de la ciudad de Barcelona y se traslado a una localidad del País Vasco con su hijo, pero el Sr. Flores a través del Departament de Ensenyament averiguo donde se hallaba su hijo y allí se desplazó para visitarlo, en ejercicio de lo que él creía que era su derecho su derecho de visitas, pero la reacción que logro del menor fue:
Que según descripción del informe del Gabinete Psicosocial de fecha 26 de Febrero del 2002, "el menor identificó a su padre y reaccionó a través de una respuesta de rechazo , y en la clase conductas de rechazo, como la forma de canalizar su malestar y ansiedad"
A raíz de esta aparición del padre en el Colegio del País Vasco, el menor deja de acudir al Colegio, y no vuelve a ir al mismo, ni a vivir en dicha localidad.
4.-Posteriormente se ha querido realizar un informe completo de la situación del menor por el Gabinete Psicosocial, con muchas dificultades, pues no era posible hallar a la Sra. Ochoa ni que colaborara en dicho informe, pues debe considerar que ocultándose ella y el menor, le protege. O quizá toda esta situación la ha desestabilizado de tal manera que le impide colaborar con la Administración de Justicia.
5.-El reciente informe del Gabinete Psicosocial de fecha 25 de junio del 2002 plasma una situación desbordada por parte del Sr. Flores, lo que unido a su personalidad de tipo obsesivo y con rasgos paranoides, que se indicaba en el informe de 26-02-2002, así como la alteración emocional que ahora vive la Sra. Ochoa, con un nivel de ansiedad y tensión que le supone la situación antes descrita, según consta en el informe del Gabinete de 25-06-02, producen en el menor una situación que no le puede beneficiar, sino todo lo contrario.
Le está perjudicando enormemente, pues el clima familiar de tensión y enfrentamiento le hacen vivir una dinámica familiar disfuncional a nivel emocional.
Situación además, que se esta cronificando, lo que dificulta si cabe, cada vez más la resolución del conflicto.
6.-Ante la situación descrita, no parece aconsejable iniciar la relación paterno-filial en este momento, Iban necesita estabilizarse.
La imagen que tiene de su padre es de rechazo, pues le tiene miedo, por la persecución de que ha hecho objeto a su madre.
El mismo se siente agredido por su padre, incluso amenazado e insultado por él. Su tono anímico es bajo, con rasgos de tristeza, según consta en el informe del Gabinete de 25 de Junio .
Por ello se acuerda, conforme al articulo 94 del Código Civil, la suspensión de visitas paterno-filiales, a fin de evitar al menor unas situaciones impuestas que ahora no acepta.
Recientemente la vida de Iván ha sufrido demasiados cambios, de localidad, de colegio , de entorno familiar, lo que no le ha proporcionado la estabilidad que ahora necesita.
Por todo ello se acuerda que Iván realice un tratamiento por un profesional psicólogo a elección de la madre Sra. Ochoa, para lo cual se le conceden quince dias, y en caso de retardo en su elección, será elegido por el Sr. Flores , psicologo que informara semestralmente a este Juzgado sobre la evolución del menor e inmediatamente que ocurra algún evento de especial importancia.
E indicará asimismo el momento psicológico del menor que considere adecuado la introducción de la figura paterna en la vida de Iban.
PARTE DISPOSITIVA.
Se acuerda la suspensión del régimen de visitas paternofilial y así como que Iván realice un tratamiento por un profesional psicólogo a elección de la madre Sra. Ochoa, para lo cual se le conceden quince días y en caso de retardo en su elección, será elegido por el Sr. Flores, psicólogo que informará semestralmente a este Juzgado sobre la evolución del menor e inmediatamente que ocurra algún evento de especial importancia.
E indicara asimismo el momento psicológico del menor que considere adecuado para la introducción de la figura paterna en la vida de Iván.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así lo acuerda, manda y firma la Magistrado Juez Mª José Pérez Tormo. Doy Fe.
La Magistrado Juez La Secretaria en Sustitución.
Como puede apreciar es un caso exageradísimo, con 180 denuncias de por medio, que la Magistrado juez resuelve en contra del que tanto denuncia.
Demandarla a ella, y denunciar los delitos que ha cometido, como esas posibles falsificaciones, o cualquier otra cosa, eso si, claro que es posible, pero siempre y cuando puedan ustedes probarlos, de otra manera solo serían un espejo de su mala actuación, y perderían sus pleitos.
Respecto al análisis psiquiatrico... si se demuestra que ella está mal, eso le exculparía de su proceder, por falta de responsabilidad. Y en cualquier caso no les serviría de nada práctico.
Lo que no tienen es que tenerle miedo, sino afrontar el problema de frente, tratando de que todas las demandas que le pongan se fallen en contra de ella, utilizando el propio acoso como arma en su contra, y argumento a su favor, hasta que ella comprenda que no es ese el camino, o simplemente tenga que digerir su rabia, si me permite la expresión coloquial.
Si la respuesta le parece adecuada, no olvide ACEPTARLA.
Un cordial saludo,