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Hola
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La renuncia a una herencia futura no es posible
Sólo le resta esperar al fallecimiento de su tío y renunciar a los derechos en el momento de ser llamado como heredero
Para ello bastará con hacer la declaración ante el notario si es el caso o en el juzgado
Hoy por hoy Ud no tiene derechos a los que renunciar
Y en el caso de que se renuncia en el notario puedo especificar a quien quiero dar mi parte
No, Ud no puede disponer de derechos que no tiene
Hoy no tiene derechos sobre esa herencia
Y no puede disponer de algo que no tiene
Hoy solo tenemos la posibilidad de ser herederos...
Pero no lo somos
Me refiero cuando fallezca y tengamos que ir al notario a aceptar la herencia
Entonces, y sólo entonces, si es posible. En documento público Ud renuncia en favor de la masa hereditaria, pero si quiere dar a una persona concreta ya no es renuncia es DONACIÖN
Si Ud renuncia lo hace en favor de la masa, es decir acrece al resto de herederos, a todos ellos
Si quiere sólo beneficiar a uno es DONACION
Y tendria que pagar a hacienda igualmente o no
Si queremos ceder lo nuestro a otro, donación, él que recibe debe pagar impuestos
Ud como heredero paga impuestos, cede a otro, y éste paga impuestos
Son dos transmisiones gravadas
Si Ud renuncia es en favor del resto y no paga nada, obviamente
Pero su idea es ceder a uno, heredero o no, y éste ya no recibe del causahabiente si no de Ud
Muchas gracias. Me ha servido de gran ayuda.
Gracias XXXXX XXXXX por consultarnos
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Pase un buen día
Esperamos verle de nuevo