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Buenos días,
si no le importa preferiría contactar con otro experto. No quedé satisfecha con su respuesta de ayer.
Gracias.
estoy intentando adjuntarle las dudas en un word para que tenga el detalle, pero no me deja
Ok, gracias. Pensé que no le había llegado.
Hola,
puede decirme algo por favor?
Gracias,
Teresa.
Perdonen, ayer no me solucionan nada y hoy me dejan a la espera de un experto sin resolverme nada....
*En las casillas 270 o 271 en el caso de que la propiedad de las acciones fuera adquirida hace menos de un año. Quedo a la espera por si puedo ayudarle en alguna cuestión más. Saludos,
Pero una cosa sobre las acciones. Solo se han vendido las de Mapfre. Las del banco santander no se han vendido, solo es reparto de beneficios periódico. Se computan igual?
Efectivamente. En este punto hay dos opiniones contrapuestas. Una es que se declare ahora como ganancia patrimonial, igualmente como las acciones de MApfre en el mismo punto porque Hacienda ya te lo esta colocando como una venta. Otra forma de realizarlo, que lo he he hecho en varias ocasiones en no declararlo en este momento como ganancia y hacerlo en el momento que vendas las acciones del Santander.
En cualquier caso, y dada la cuantía de los derechos de suscripción, no van a tener problemas en ninguno de los casos.
De acuerdo. Por lo tanto, podría indicar solo las de Mapfre en las casillas que me indica, según antigüedad, y no declarar las del Santander hasta que se vendan. Es así?
Exacto. Yo lo haría así.
¿puedo ayudarle con algo más?
Muchisimas gracias por su ayuda. Le paso a valorar.
Saludos,