EStimado: buen dia; bienvenido a just answer, soy abogada experta en ley argentina y estare en linea para ayudarlo, por favor no valore mi respuesta hasta no estar conforme con el servicio, siga preguntando
Efectivemente la empresa no puede modiciar arbitrariamente las condiciones labrales, en este caso se lo esta perjudicando, en el derecho laboral esto se denomina ius variandi y la ley de contrato de trabajo lo ampara, lo habitala a ud a considerarse despido, es decier, abandonar el trabajo por culpa de la empresa y que le paguen la indemnizacion correspondiente o ha solcitar judicialmente que se mantengan las condiciones laborales, para ello debrra poner la causa en manos d eun letrado laboralista para que incie el reclamo de inmediato, seria importante que hay mas damnificados hagan la accion de manera conjunta
Art. 66. -Facultad de modificar las formas y modalidades del
trabajo.
El empleador está facultado para introducir todos aquellos
cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo, en
tanto esos cambios no importen un ejercicio irrazonable de esa facultad, ni
alteren modalidades esenciales del contrato, ni causen perjuicio material ni
moral al trabajador.
Cuando el empleador disponga medidas vedadas por este artículo,
al trabajador le asistirá la posibilidad de optar por considerarse despedido sin
causa o accionar persiguiendo el restablecimiento de las condiciones alteradas.
En este último supuesto la acción se substanciará por el procedimiento
sumarísimo, no pudiéndose innovar en las condiciones y modalidades de trabajo,
salvo que éstas sean generales para el establecimiento o sección, hasta que
recaiga sentencia definitiva
Si esta conforme con mi respuesta, por favor, valorela positivamente, de lo contrario estoy en linea a sus ordenes