Ley de Argentina
Pregunte sobre Dcho. argentino y obtenga una respuesta
Estimado, tiene a mi entender, dos alternativas, que pueden ir de la mano:
1) Intimar a la empresa (exista o no) a iniciar las obras vajo apercibimiento de iniciar las "correspondientes acciones civiles y penales". En caso de incumplir puede iniciar una acción por daños y perjuicios en sede civil.
2) Realizar una denuncia por defraudación en sede penal, en la comisaría o en el juzgado.
También puede ir directo a la justicia, pero mi recomendación es que intime previamente.
Por favor, si mi respuesta le fue de utilidad, no olvide valorarla positivamente. Su opinión es importante para mi.
Estimado, si me relata un poco más a fondo cómo tomó contacto con la empresa, las característicasdel terreno del contrao, firmantes, etc. así como fecha del contrato, del inicio frustrado de la obra y otros datos que pueda aportarme, le procederé a redactar la CD,
Recibido.
Disculpe las demoras, fue un día largo. en breve tendré la carta redactada.