Buenos días estimado usuario, Soy abogado y con gusto procedo a absolver su inquietud.
En este caso como las personas que tienen derecho a los alimentos son varios, su hijo en el matrimonio, su hijo extramatrimonial y la cónyuge, en el caso de que esta última no tenga los suficientes recursos para autosostenerse, la cuota de alimentos se debe dividir por tres o dos según sea el caso. La ley dispone que la cuota de alimentos puede ascender hasta el 50 % de los ingresos del obligado , en este caso ese 50% se debe dividir por 3 o por 2 según sea el caso.
Los alimentos comprenden, no solo la alimentación sino la educación, vivienda, transporte, vestido, asistencia médica , esparcimiento etc.
Entonces en este caso, como tiene que ser limitado el valor según la cuota, se atendería en esos alimentos a las necesidades más apremiantes del que tiene derecho a los alimentos.
Si la persona obligada a los alimentos tiene deudas, la obligación de los alimentos prima sobre las demás obligaciones.
Si ya le ha quedado clara la respuesta le recuerdo valorarla con la estrella del 3 al 5 para que sea retribuida mi labor. Si por el contrario, no le ha quedado clara, estoy para responderle. No obstante, después de la valoración yo seguiré contestando sobre este caso sin costo adicional.