Hola buenas tardes:
Estoy a sus ordenes par contestar su pregunta.
ESCUCHO SU RESPUESTA SOBRE LOS DERECHOS DEL BIEN GANANCIAL
Si el socio extranjero adquirió las acciones en la sociedad estando casado por bienes mancomunados la esposa tiene derecho a la mitad de las ganancias de la cesión o venta de acciones.
Sin embargo como es un derecho personalismo (la acción es un título de crédito) el socio extranjero puede firmar la cesión sin el consentimiento del cónyuge.
¿Bajo que régimen matrimonial se casaron ustedes? ¿La acción la adquirió él estando casado?
Los bienes adquiridos durante el matrimonio (acciones) forman parte de la sociedad legal matrimonial, en consecuencia, si el señor extranjero adquirió las acciones dentro del matrimonio al otro cónyuge el pertenece el 50% de dichas acciones
¿Hasta aquí tiene alguna duda o pregunta?
Sin embargo,en caso de solicitar pensión de alimentos (Y no tiene bienes o no trabaja) o pensión de alimentos para los hijos usted si tiene derecho en cierta forma de dichas acciones
También tendría derecho a las ganancias de dichas acciones en caso de divorcio siempre que usted haya estado al cargo del hogar y de los hijos en forma inentirumpida
Si tiene alguna otra duda o pregunta con mucho gusto se la contesto
No he recibido respuesta a mi consulta???
Hubo algun problema
la pregunta es si puedo demandar ala persona que quedo con la sociedad por el porcentaje que me corresponde
en Argentina la cesion no [puede hacerse sin consentimiento del conyuge ya que se supone que de todos los bienes, ganacias y deudas le corresponde la mitad como sociedad conygal. Estamos casados hace 32 anios y no estamos separados. Lo cedio por presiones de la otra parte y sioin mi autorizacion.
Que corresponde en Mexico
si la sociedad la constituyo en el 2008 y estamos casados dede 1981
En México le corresponde lo que le comente, es decir el puede ceder o vender sin el consentimiento de usted, en Argentina es totalmente
Por los años que usted me dice, entonces a usted si le corresponde el 50 % de las ganancias siempre y cuando estén casados por bienes mancomunados
llego incompleta la respuesta
Que pasa si la persona a quien se la dcedio son los hijos de su ex amante y socia, lo que puedo demostrar
entonces no podria reclamar nada a la persona que actualmente tiene la sociedad???
tengo pruebas de la relacion que los unia
Lo que usted puede paliar es 50 % y en su caso la nulidad de la cesión o venta
Como hacerlo
Por favor no me califique la respuesta hasta que acabemos la pregunta, le parece si le pongo toda la respuesta en una sola?
si muchas gracias!! entendi que habia que calificar cada respuesta
disculkpeme
Si no se preocupe, un momento por favor
Por los años que usted me dice, entonces a usted si le corresponde el 50 % de las ganancias siempre y cuando estén casados por bienes mancomunado
Usted si puede demandar si estuvieron casados por bienes mancomunados
Si no es así no
Mi pregunta concreta, es si estando casados, bienes mancomunados, es legal la cesion sin mi consentimiento, puedo solicitar la nulidad de la cesion, que derechos tengo. Sigo casada pero esta Sra me molesta y quisiera evitar que continue y creo que es la forma demandandola. Puedo hacerlo o no tiene sentido. Como se hace la demanda?
En argentina no existe otra posibilidad que bienes mancomunados.
La demanda debo hacerla por casilleria o por medio de un abogado mexicano?
Que pasa con la escribania que realizo la cesion conociendo el estatuto original donde mi esposo figura casado.
escribania = notario
disculpe la insistencia pero quiero estar segura al accionar
Lo que usted tiene que hacer es contratar un abogado en materia civil para que le haga la demanda ya que usted no la va poder hacer, y si es posible que usted demande la nulidad absoluta de dicha sesión.
pero tengo posibi;lidades al hacerlo o puedo perder la demanda
Esta contemplado [por la ley mexicana, en todos los estados es lo mismo, el estado es sonora
Si es lo mismo en todos los estados, y como le comenté necesita contratar un abogado en materia civil, y si es muy probable que gane la demanda.
la demanad se la tengo que hacer a la empresa que mi esposo cedio?
Si tiene alguna otra duda con gusto se la contesto, de lo contrario favor de calificar o valuar mi respuesta en los iconos que aparecen en su pantalla, gracias.
No la demanda va directo contra su esposo.
pero si estoy casad con el , no me resulta claro ya que son las otras personas las que aceptaron la irregularidad aceptando una cesion de algo que es bien ganacial o mancomunado.
Aunque usted esté casada con él, usted puede demandar la nulidad.
Hola, tiene usted alguna otra pregunta, de lo contrario le pido por favor calificar mi respuesta en las caritas o iconos que aparecen en su pantalla, gracias.
podra contesra mi ultima pergunta
Claro con mucho gusto.
gracias
sigo casada no estoy divorciada, en argentina se va contra la empresa que acepto ;la cesion sintener en cuenta los bienes ganaciales o mancomunados, contra quienes se quedaron con la sociedad
si pido la nulidad es contra quienes tienen hoy la sociedad cedida
reciubio mis preguntas
No, usted se tiene que apegar a la Ley Mexicana no a la de Argentina, y la nulidad la tiene que ejercitar en contra de su esposo.
muchas gracias
cordiales saludos