Hola buenas tardes
Estoy a sus ordenes para contestar su pregunta
Para mí la diligencia y notificación es nula ya que los testigos no presenciaron los hechos
Entonces lo que se podría hacer es nulificar la notificación por no reunir los elementos de forma suficientes
Entonces la notificación se tiene que impugnar de conformidad con lo establecido en el articulo 44 del código fiscal de la federación
Que dice textualmente lo siguiente: Al iniciarse la visita en el domicilio fiscal los visitadores que en ella intervengan se deberán identificar ante la persona con quien se entienda la diligencia, requiriéndola para que designe dos testigos, si éstos no son designados o los designados no aceptan servir como tales, los visitadores los designarán, haciendo constar esta situación en el acta que levanten.
Es decir, en toda diligencia de carácter fiscal los auditores deben cerrar el acta con la firma de dos o más testigos que les CONSTEN los hechos de la diligencia.
Lo anterior atento a lo dispuesto por el Código Fiscal.
Cabe hacer la aclaración que SEA CUAL SEA LA DILIGENCIA, ya sea civil, laboral, fiscal, mercantil, etcétera, generalmente se tiene que entender directamente con el afectado y/o con la presencia de dos testigos.
De lo contrario la notificación es nula procediendo a nulificarla mediante un incidente de nulidad de notificaciones.
Hasta aquí tiene alguna duda o pregunta?
Sigo a sus ordenes para cualquier duda o aclaración.
es muy elocuente lo que dice y le agradezco mucho , en efecto es una actuación de visita a uno de los domicilios de mi representada por personal del IMSS en una auditoria se elaboro un acta complementaria y es en esa acta donde aparecen los testigos falsos por decirlo de algún modo , nosotros ya presentamos una queja ante el OIC del la del IMSS ( SFP) la pregunta seria si al final de la auditoria la cual no ha terminado se puede anular la misma con motivo de esta ilegalidad o si existen responsabilidades penales para la Auditora y para quienes firmaron el acta falsa , los cuales son personas identificadas como empleados del IMSS..
De verdad me gustaría seguirlo consultando para lo cual me gustaría contactarlo y dejare abierto este chat,
no importa que tenga mas costo. Mi correo es [email protected]
Gracias, XXXXX XXXXX de la auditoria si se puede anular el acta y si pueden existir responsabilidades penales ya que la auditora actuó ilegalmente.
Me puede consultar cuando usted guste a través de esta página entrando a la pregunta.
Lamentablemente la página JustAnswer nos tiene prohibido tener comunicación mediante correo electrónico
¿Tiene alguna otra pregunta o duda?
Si ya no tiene alguna otra duda o pregunta le pido sea tan amable de calificar o evaluar mi respuesta en las caritas que aparecen en su pantalla. Gracias
Buenos días finalmente lo que le agradecería es que me de los fundamentos penales relacionados con el uso de testigos falsos.
Hola buen día:
¨
Con todo gusto le proporciono el fundamento legal, es del Código Penal Federal aplicable a su caso:
Artículo 243.- El delito de falsificación se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a trescientos sesenta días multa.
En el caso de documentos privados, con prisión de seis meses a cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa.
Artículo 246.- También incurrirá en la pena señalada en el artículo 243:
I.- El funcionario o empleado que, por engaño o sorpresa, hiciere que alguien firme un documento público, que no habría firmado sabiendo su contenido.
Saludos XXXXX XXXXX