Hola que tal:
Estoy a sus órdenes para contestar su pregunta.
Mire usted apreciable cliente: En el contrato colectivo de trabajo que rige las relaciones entre mi PEMEX y el S.T.P.R.M., está pactado que PEMEX está obligado a contratar en plazas vacantes o de nueva creación a la persona o personas que le proponga el sindicato titular del pacto colectivo a través del Ejecutivo General, Secciones, Delegaciones y Sub-Delegaciones.
Por otro lado, el artículo 155 de la Ley Federal del Trabajo contempla lo que doctrinalmente se conoce como requisitos de procedibilidad, entre otros el hecho de que la persona que aspire al otorgamiento de una plaza definitiva en una empresa en que exista contrato colectivo de trabajo, deberá formular la solicitud correspondiente al sindicato titular de dicho pacto colectivo.
Entonces lo que según mi opinión usted debe de hacer, es insistir al sindicato -mediante una solicitud por escrito de requerimiento de plaza- para éste que le proponga a PEMEX su plaza, así cumple con el Contrato Colectivo y con la Ley Federal del Trabajo, de otra forma perdería usted su demanda por no reunir los requisitos del Contrato Colectivo y de la Ley Federal del Trabajo.
Si ya presentada la solicitud y en un término de unos seis meses si no le dan su plaza, usted puede demandar tan al sindicato como a PEMEX por el otorgamiento de su plaza, para ello necesita contratar un buen abogado laboralista especialista en demandas en contra de PEMEX porque las demandas en contra de PEMEX y del sindicato son muy complicadas.
Si tiene alguna otra duda o pregunta con gusto se la contesto, de lo contrario favor de calificar o evaluar mi respuesta haciendo un clic en las caritas felices que aparecen en su pantalla, lo anterior para justificar mi trabajo ante JusTanswer y poder ser remunerado por mis servicio. Saludos y gracias.
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