Buenas tardes señor; estoy analizando su pregunta, en un momento le doy respuesta.
Todo dependerá de lo que diga su contrato de trabajo y el reglamento interior de la empresa en la que usted labora, pero lo normal será que digan lo mismo que dice la Ley Federal del Trabajo. Esto es, que usted se puede ausentar, de su trabajo hasta en tres ocasiones en un periodo de treinta días. Ojo, que no es en un mes calendario, sino en un periodo de treinta días, sin importar que estos treinta días abarquen dos meses diferentes (o hasta tres si tomamos en cuenta febrero de 28 días.
Así las cosas, el artícuo 47 fracción X de la Ley federal del Trabajo señala que será causa de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón, el trabajador más de tres faltas de asistencia enun período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.
En este caso entiendo que usted no tenía permiso del patrón, por lo que efectivamente a usted lo podrán despedir. Ahora, eso no significa que usted no tenga defensa en juicio. Usted podrá demandar al patrón, alegando la causa justificada de sus ausencias, pero será precisamente esa causa justificada lo que usted deberá demostrar, y ahí
entra la pericia de su abogado laboralista.
Si a usted aún no lo han despedido, le recomiendo acudir al trabajo y tratar de explicar la situación a su patrón, y la causa justificada de su ausencia. Si lo despiden, debe usted acudir ante un abogado especialista en materia laboral para que lo asesore y presente su demanda por despido injustificado ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Saludos y esperemos su calificación.
Buenos días. Esperamos su calificación.