Hola buenas tardes, estoy a sus ordenes.
Ok. No hay problema seguimos en el chat.
Quien le entregó la demanda?
Y a ella no la embargaron?
Así es deben de contestar la demanda en forma conjunta.
Si claro, si puede quedar excluida.
Si no son notificados no puede embargar.
En el auto admisorio viene el término que generalmente es de 5 días hábiles.
A partir de que lo notifiquen se cuentan los 5 días hábiles.
Para notificar no hay un término por lo cual si lo pueden ir a notificar.
Es correcto.
No se lo pueden llevar.
Después de contestar la demanda se sigue el procedimiento y si hay pruebas por desahogar se desahogan.
Posteriormente se van a alegatos y luego se dicta sentencia.
Se puede llegar a un acuerdo con el acreedor de pagar en partes.
De nada para servirle. Le pido calificar mi servicio en las estrellas de su pantalla a fin de ser pagado por la consulta. Gracias.
Gracias!