Hola buenas tardes:
Estoy a sus órdenes.
Un momento por favor.
Si el Infonavit no lo permite lo que se pudiera hacer es que su esposa le ceda el 50% de los derechos que le pudieran corresponder del inmueble mediante escritura pública y que dicha escritura se haga sin la intervención del Infonavit.
Otra opción es que mientras es una cosa u otra ella le expida un poder a usted para actos de dominio en relación con la casa.
Hasta aquí tiene alguna duda?
El poder para actos de dominio significa que usted puede disponer plenamente de la casa.
Con el poder si usted llega a vender le correspondería el 100%
Intente con la escritura de cesión de derechos, chéquelo con un Notario.
Con el reconocimiento de pagos ante fedatario público usted queda protegido ya que hay que poner una cláusula en donde si se vende la propiedad ella se obliga a pagarle lo que usted ha invertido.
La cesión de derechos si lo haría copropietario ya que ella le va a ceder el 50% del inmueble. La cesión de derechos no suple a la otra escritura simplemente se le reconoce a usted el 50%
El poder para actos de dominio es diferente, con éste usted puede disponer del inmueble al 100%
En caso de divorcio y de ser aceptada la cesión de derechos por el notario usted si recibiría el 50% de la venta del inmueble.
Teniendo el poder usted puede vender la casa cuando le parezca siempre que no haya ninguna objeción o traba por parte del Infonavit.
Por lo menos puede cambiar una cuenta de alguno de los 3 servicios a su nombre para cualquier cosa posteriormente demostrar ciertos derechos de la propiedad y cuestiones fiscales para en su caso exentar algunos impuestos
La exención de impuestos es hasta que se venda el inmueble.
El poder le va a costar unos $3000.
El costo de la escritura ya depende de cada notario.