Hola buenas tardes:
Estoy a sus órdenes.
Un momento por favor.
Gracias.
Si usted está dado de alta en el IMSS y se va a pensionar usted ya cumple con los requisitos de Ley para tramitar su pensión ya que supera el número de semanas y la edad que exige la Ley de 1973 y si usted está como asalariado no le veo problema en que sea socio de una sociedad civil toda vez que como titular de una parte social no veo alguna repercusión que pueda tener ante el IMSS porque a fin de cuentas usted es un empleado ante el IMSS.
Hasta aquí tiene alguna duda?
Mientras el IMSS no haga una auditoría a la Sociedad Civil no le veo problema.
Por la llamada no se preocupe seguimos en el chat.
Si usted desempeña un cargo o puesto de trabajo dentro de la Sociedad Civil, usted adquiere la calidad de trabajador por estar subordinado y por ende no debe haber problemas para su jubilación.
Si tiene dos patrones ante el IMSS, los dos trabajos se unifican.
Alguna duda o pregunta?
De nada estoy para servirle, a sus órdenes.
Estimado cliente, para cualquier duda o pregunta estoy a sus órdenes, en caso de no ser así le pido de mucho favor calificar mi servicio en las estrellas de la parte superior a fin de poder ser remunerado por Justanswer por la consulta. Saludos y muchas gracias.
Muchas gracias por su valoración positiva. Saludos.