Propiedad inmobiliaria
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Bienvenido, le atiende José M, abogado ejerciente del ICA Burgos, ruego unos minutos para preparar su consulta, Puede escribir en todo momento.
Lo mejor en su caso es recoger las llaves sin firmar nada, no entregar la señal, y demandar por 2/3 meses de indemnización por romper unilateralmente el contrato, más los daños que haya en el piso si lo hay
No firme nada, y mucho menos ningún tipo de finiquito en el que renuncie a iniciar acciones
Una vez tenga las llaves, puede demandar a quien firmó el contrato
LE conviene recoger las llaves para no incrementar losproblemas, y tener tiempo de estudiar lo que hace mientras alquila nuevamente
Los problemas que tenga de pareja no le afectan a Ud, es problema de ellos y quien ha firmado tiene responsabilidad de pagarle los daños, y los daños viene siendo considerados por la jurisprudencia con una indemnización de dos a tres meses
Tiene alguna duda más?
Puede escribir si necesita más ayuda
Puedo cambiar la cerradura luego de recibir las llaves ???
Por supuesto
El hecho de darle las llaves le confiere la reposesión del piso
Ud comprueba siempre con él que está vacio y cambia la cerradura
Hoy le escribi que estaria 15.30 en el piso . ¿Con esto es suficiente para que el titular no me pueda reclamar que ella no estaba enmterada ??? En el contrato la direccion de mail que figura como medio de contacto es la de el .
Si, porque le dan las llaves y el piso vacio. Si alguien actúa con execso de poder, poedemos demandar éste hecho. En tood caso, puede enviar telegrama o burofax notificando a la otra parte que siguiendo instruccione sprocede a recoger las llaves y a tomar la reposesión del piso. Pero nada más, no tiene ni que amenazar con iniciar acciones legales
De cara a Ud se trata de retoamr el piso y las llaves. Hecho ésto iniciamos acciones legales
Muchas gracias XXXXX XXXXX comunicarme con usted.
Gracias
Le interesa llevar el caso ?? es en Ibiza
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http://www.justanswer.es/legal-es/expert-abogado3044/
Ya agende el link , gracias