Hablando de su esposa, el problema es que si ella entro al país ilegalmente, no puede cambiar estatus dentro de los estados unidos. La única excepción es si ella fue amparada por la ley 245(i) en que básicamente tuvo una certificación laboral, I-130, o I-140 entregado por ella antes del 30 de abril, 2001 y si tambien estubo dentro del pais el 21 de diciembre 2000. Supongo que ella no tiene eso.
Asilo político es una opción si ella tiene un gran miedo que si vuelve a su país, va ser perseguida por su nacionalidad, raza, opinión política, religión, o por ser miembro de un grupo social especifico y definido. Para solicitar asilo, uno tiene que pedirlo dentro del primer año de estar en el país. Si, no, puede pedir Withholding of Removal, pero eso es mucho más difícil para comprobar que asilo y no le da la residencia como asilo, simplemente no lo echan del país. Y también, otra opción es Cancellation of Removal (la ley de los 10 años) que previene la deportación si uno puede comprobar que tiene mas de 10 años en le pais y que tambien tiene un Ciudadano o Residente que depende de ellos y si esta la persona deportada, el Ciudadano o Residente va sufrir EXTREMADAMENTE, y eso tiene que ser algo más que sufrimiento emocional o económico. Tenga cuidado porque si pierde, queda deportada.
Porque ella esta casada con usted, un Ciudadano, puede tramitar dentro del país un I-130, pero al aprobarse esa petición, ella tendría que salir del país para tramitar el resto. Y si ella sale del país para poder hacer los trámites por afuera, puede ser que no lo dejan entrar por 10 años. Y el único amparo que existe para dejarla a ella entrar de nuevo es la I-601. Con este waiver se tiene que comprobar que si a ella no la dejan entrar de nuevo, su esposo ciudadano (o puede ser residente o los padres ciudadanos o residentes) van a sufrir extremadamente. Este sufrimiento tiene que ser más que sufrimiento emocional o económico. Así que muy pocas personas riesgan salir del país para tramitar afuera, y desafortunadamente, como dije anteriormente, ella no puede tramitar dentro de los Estados Unidos porque entro ilegalmente.
Existe unos sitios con mas información del I-601 pero algunas algunas estan en Ingles. Le dejé los links abajo.
http://damascus.usembassy.gov/ina212.html
http://spanish.ciudadjuarez.usconsulate.gov/perdon.html
http://www.ilw.com/articles/2007,0717-scott.shtm
Otra opción sería esperar a una ley nueva y yo tengo esperanzas que este año o el proximo, va salir una buena.
Su hijastra tiene mas o menos la mismas opciones pero si usted la pide, ella puede salir del pais si sale antes de cumplir 18 y medio y puede hacer el entrevista afuera de EEUU y puede regresar rapido sin la pena que tendria la madre que es de 10 años.
Lo siento muchisimo pero las opciones son pocas. Si tiene algunas otras preguntas, por favor avise y le contestare sin cargo adicional. Es MUY importante que entienda que si no está satisfecho, puede hacer preguntas adicionales sin cargo adicional. Pero por favor también entender que yo no tengo la culpa si la noticia es mala. Yo solamente le puedo decir la verdad y no tengo responsabilidad por el sistema de leyes que a veces son injustas. Si no tiene preguntas adicionales, por favor de no olvidarse de aceptar mis respuestas haciendo click en aceptar y si cree que lo merezco, por favor de dejar propina. Si usted no acepta mis respuestas, el sitio se queda con todo de su depósito. A mí solamente me pagan si usted acepta. No le cobran de nuevo y podemos seguir comunicando sin cargo adicional si después tiene otras preguntas. Gracias.