Saludos,
Usted tiene toda la razón en cuanto a que ya no va a tener que pagar la pensión de esa hija, porque es mayor de edad y no está estudiando.
Lo del reembolso no aplica, no se devuelve dinero que se ha pagado, y no se acredita, excepto que haya sido un error en el cómputo u otras razones. De todas maneras, si va a ir a una vista de revisión de pensión puede solicitarlo, pero no le aseguro que se lo concedan por lo que ya le expliqué.
Ahora bien, el ajuste en la pensión se aplica cuando lo concede el juez, y mientras mas se tarde en hacer la petición, mas tiempo va a estar pagando una cantidad que no es la correcta.
En Puerto Rico, las pensiones se pueden revisar cada tres años. Para que una pensión se revise antes tiene que haber ocurrido un cambio significativo, por ejemplo que cumplió la mayoría de edad, que el padre o madre tiene otros ingresos, se quedó sin trabajo, etc.
Cuando pida la revisión va a necesitar la Planilla de Información Personal y Económica.
Aquí se la dejo con unas instrucciones de como llenarla.
http://www.ramajudicial.pr/orientacion/pension/OAT-435SP.pdf
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