Entonces no puede solicitar esa defensa. Lo siento. El problema es que si usted entro al país ilegalmente, no puede cambiar su estatus dentro de los estados unidos. La única excepción es si usted fue amparado por la ley 245(i) en que básicamente usted tuvo una certificación laboral, I-130, o I-140 entregado por usted antes del 30 de abril, 2001 y si estuvo dentro del país el 21 de diciembre 2000. Asilo político es una opción si usted tiene un gran miedo que si vuelve a su país, va ser perseguido por su nacionalidad, raza, opinión política, religión, o por ser miembro de un grupo social especifico y definido. Para solicitar asilo, uno tiene que pedirlo dentro del primer año de estar en el país. Si, no, puede pedir Withholding of Removal, pero eso es mucho más difícil para comprobar que asilo y no le da la residencia como asilo, simplemente no lo echan del país. Si usted está casado o se casa con Ciudadana (por amor, no por papeles), puede tramitar dentro del país un I-130, pero al aprobarse esa petición, usted tendría que salir del país para tramitar el resto. Y si usted sale del país para poder hacer los trámites por afuera, puede ser que no la dejan entrar por 10 años. Y el único amparo que existe para dejarle entrar de nuevo es la I-601. Con este waiver se tiene que comprobar que si a usted no lo dejan entrar de nuevo, su esposa ciudadana o residente o sus padres ciudadanos o residentes van sufrir extremadamente. Este sufrimiento tiene que ser más que sufrimiento emocional o económico. Así que muy pocas personas arriesgan salir del país para tramitar afuera, y desafortunadamente, como le dije, usted no puede tramitar dentro de los Estados Unidos porque entro ilegalmente. Existe unos sitios con más información del I-601 pero algunas están en Ingles. Le dejé los enlaces abajo.http://damascus.usembassy.gov/ina212.htmlhttp://spanish.ciudadjuarez.usconsulate.gov/perdon.htmlhttp://www.uscis.gov/es/formularios/presentacion-y-adjudicacion-centralizada-de-formulario-i-601-solicitud-de-exencion-de-causal-de-inadmisibilidadhttp://www.ilw.com/articles/2007,0717-scott.shtm Sobre la nueva ley de Obama que es el perdón I-601A, no es ley. Solamente es un cambio en proceso. Es decir que antes, con el I-601, uno tenía que solicitar los perdones y salir para tramitar desde afuera y eso se demoraba más o menos 15 meses o más mientras esperaba afuera y si se lo negaban, entonces no podía regresar por 10 años. Lo que cambio del I-601 al I-601A es que puede hacer parte del proceso dentro de EEUU y obtener una pre-aprobación del perdón. Con esa pre-aprobación, uno tiene que salir del país y hacer cita con la embajada o consulado de EEUU. Se supone que sería solamente unos días que estará afuera y si no tiene nada más en su antepasado, solamente haber entrado ilegal, entonces le debe dar la
visa para regresar. Aquí le doy un link oficial: http://www.uscis.gov/es/familia/familiares-de-ciudadanos-estadounidenses/propuestas-exenciones-provisionales-por-presencia-ilegal/exencion-provisional-por-presencia-ilegal Otra opción sería esperar a la reforma que si sale en la forma que han dicho, hay posibilidad de obtener la Residencia a lo largo sin tener que salir del país. Lo siento muchísimo pero las opciones son pocas en este momento. Avise si tiene algunas otras preguntas y por favor de no olvidarse de dejar una opinión sobre mi servicio a usted, no el estado de las leyes. Es la única manera que el sitio me paga. A usted no le cobran de nuevo. Gracias.