Y si llega el momento en que a ella la envian con Inmigración, debe negarse a firmar la deportación y pedir ser levada ante un Juez. Es posible pelear el caso a traves de la Cancellation of Removal.
La seccion 240A(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad indica claramente que para calificar por el beneficio de Cancellation of Removal o ley de los 10 años, usted requiere lo siguiente:
1. Antes de recibir la citación o notificación para presentarse a la Corte, usted debio haber mantenido presencia fisica dentro de EEUU durante 10 o mas años, y durante ese tiempo haber mantenido un buen comportamiento moral.
2.- No haber sido convicto de ningun crimen grave.
3.- Tener un familiar directo que dependa de usted y que sufrirá extremadamente en su ausencia.
Estos son los requisitos básicos, pero queda a discreción del Juez si se la aprueba aunque cumpla con cada unos de los puntos solicitados.
Si usted lee el punto 1. que le mencioné, usted debió haber tenido ya 10 años viviendo en EEUU antes de recibir su citacion para la Corte, por lo que legalmente no cumple con el requisito. Sin embargo, es necesario que usted contrate lo más pronto posible un abogado personalmente para busque la forma de encontrar comprobantes de que usted ya tenía 10 años en el país hasta antes de su arresto para que le solicite el Juez el beneficio de la ley de los 10 años. Sin aún no consigue abogado, en este sitio puede contratar uno: www.ailalawyer.com
Más datos oficiales:
http://www.justice.gov/eoir/eoirforms/eoir42b.pdf
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