HOLA. Gracias por darme la oportunidad de responder su pregunta. Le daré la respuesta y si tiene más dudas, pregunte por favor. También quiero decirle que los expertos de justanswer estamos para decir solamente la verdad que indican las leyes. Y la valoracion que deje de las respuestas sera hacia el servicio y no si la respuesta es favorable o desfavorable para sus intereses personales.
Bueno, por ese unico motivo no se puede apelar.
La protección que podría buscar sería a través de la Cancellation of Removal, pero requiere tener por lo menos 10 años viendo en USA.
La seccion 240A(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad indica claramente que para calificar por el beneficio de Cancellation of Removal o ley de los 10 años, usted requiere lo siguiente:
1. Antes de recibir la citación o notificación para presentarse a la Corte, usted debio haber mantenido presencia fisica dentro de EEUU durante 10 o mas años, y durante ese tiempo haber mantenido un buen comportamiento moral.
2.- No haber sido convicto de ningun crimen grave.
3.- Tener un familiar directo que dependa de usted y que sufrirá extremadamente en su ausencia.
Estos son los requisitos básicos, pero queda a discreción del Juez si se la aprueba aunque cumpla con cada unos de los puntos solicitados.
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