Bien , te comento que Justanswer brindamos servicios de consultoria juridica sin embargo no tramitamos casos ni ejecutamos actos administrativos. En mi rol de consultora voy a comentarte mi apreciacion segun tu exposicion del caso.
Lo idoneo seria optar por la visa tradicional de trabajo que es la H1B, claro, comentas que no es habitual en ellos , esa visa requiere de actuacione previas por parte de ellos para poder envirte una autorizacion de trabajo emitida por el Departamento del Trabajo de EEUU.
La visa J1, de intercambio, efectivamente es usual en el area medicina, el Statement of Need, debe ser emitido por el Ministerio de Sanidad Española o en su defecto , no se donde resides, otra entidad de Salud perteneciente a una comunidad autonoma. En este caso me contactaria con el Ministerio para hacer la peticion, no debe ser una novedad para ellos.
Si ingresas con B1/B2 e intentas un cambio de estatus tiene como inconveniente que, aqui en España ahora demorarias meses en tenerla por la espera que hay en las entrevistas de meses y al llegar alla tampoco podrias iniciar el trabajo hasta haber conseguido un cambio de estatus , ese cambio de estatus aplica a ciertas visas, como la B1, en este caso no aplicaria a cambio J1. Ademas considerar que al entrar con la B1/B2, te entregan un I-94 con el tiempo de estadia que puedes estar , ellos determinaran los dias o meses, y en caso de cambio de estatus se debe hacer antes de que expire el I-94 que solo sabras el tiempo que te dan al ingrear cuando un agente del CBP depues de preguntarte a que vas a EEUU determinara si te deja estar 30 dias o 2 meses o 3 meses,es relativo, es decir no puedes contar con que la B1/B2 te garantiza estadia hasta 6 meses.
Existen empresas en España que tramitan visados a EEUU, si gusta puedo hubicarte una recomendable tambien, o suelen ser abogados de inmigracion, si me dices donde estas residiendo en este momento.