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Dígame, por favor, ¿ustedes ya aplicaron por Asilo?
Le respondo mientras se conecta:
Desde la primavera de 2021, a algunas personas que llegan por Méxicose les ha entregado un documento llamado Aviso para informar (Formulario I-385) . Con este aviso, se les dice que se presenten en una oficina local de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) dentro de los 60 días. Esta es una situación nueva, pero no es un parole definitivo que les permita aplicar por un permiso de trabajo.
Para poder conseguir un beneficio, es necesario que apliquen por Asilo. Si aún no ha recibido un Aviso de comparecencia, es posible que pueda solicitar asilo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Puede hacerlo enviando una solicitud de asilo (Formulario I-589) a USCIS. Si ha recibido un Aviso de comparecencia además de un Aviso de informe , puede solicitar asilo en el tribunal de inmigración presentando una solicitud de asilo en el tribunal de inmigración.
Así, después de 150 días de haber solicitado el asilo, podrá aplicar por un permiso de trabajo.
*Quedo atento a sus comentarios. Por favor evalué la consulta con las estrellas, así me permite asegurarse de que Ud. esta satisfecha/o y haya podido leer mis mensajes.
Sí puede aplicar por asilo, y después aplicar por Ajuste Cubano.
Si consigue la residencia con el Ajuste Cubano y el caso de asilo sigue pendiente, simplemente se solicita cancelar la petición de asilo.